Asamblea General

 

          La Asamblea General es el órgano supremo de la Federación. Todas las asociaciones podrán participar en sus reuniones y ejercitar aquellos derechos que le son inherentes de acuerdo con lo especificado en los Estatutos.

La Asamblea General se reúne con carácter ordinario y obligatorio al menos una vez al año, para la aprobación de la memoria anual, cuentas y presupuesto así como para tratar otros asuntos que figuren en el orden del día y proceder a la renovación de la Junta Directiva, cuando y según proceda.

Los acuerdos serán adoptados por mayoría de votos, no pudiendo ser objeto de votación ni discusión aquellas cuestiones que no estén previamente en el orden del día.

La Asamblea General, tanto en sesión ordinaria como extraordinaria, quedará válidamente constituida cuando concurran a ella la mitad más uno de los miembros con voz y voto, y en segunda convocatoria cualquiera que sea el número de asistentes.

Cada asociación activa de la Federación estará representado por un número fijo de dos delegados más uno por cada 50 o fracción, todos ellos con voz y voto, designados en el seno de sus respectivas Juntas Directivas y miembros de las mismas. Cada delegado se representará a sí mismo, no pudiendo ejercer voto por otros delegados que no estén presentes en las Asambleas.